El sistema amenazado

25 febrero, 2013

Las políticas públicas de seguridad en una sociedad desarrollada como la nuestra, son presentadas como instrumentos para la lucha contra la criminalidad y como garantía de los derechos de los ciudadanos. Se trata de postulados ambiguos, que suelen incluir el control penal a través del sistema de justicia criminal, y el control del ejercicio de las libertades constitucionales en el espacio público a través de las competencias gubernativas, enunciadas también como garantías de la protección de la seguridad ciudadana y del ejercicio de las libertades públicas.

En las sociedades democráticas, el orden público esta vinculado a la gestión del conflicto social y no a la lucha contra la criminalidad, excepto que se criminalicen aspectos de orden público y se tipifiquen algunos hechos relacionados con el desorden como delitos. En todo caso las políticas públicas de seguridad suelen incluir o confundir ambos campos, generalmente justificando su desarrollo en la lucha contra la (in)seguridad [1] a pesar que en la mayoría de las ocasiones estas regulen más el ámbito de las libertades que el de la justicia [2].

Las políticas públicas y la (in)seguridad.

La definición de una política pública de seguridad (en adelante PPS), o de cualquier otro ámbito, debiera de estar precedida siempre de un análisis de la realidad que determinase la estrategia para su establecimiento y nos permitiera formularla, adoptar una decisión e implementar tal política.

Sabemos que todo proceso de definición de una política pública, tiene unos límites relacionados directamente con nuestra capacidad de conocimiento y la complejidad del problema ante el que nos situamos [3]. Tener en cuenta los límites de ese proceso y, especialmente a los actores implicados, habría de permitir a los decisores políticos hallar soluciones satisfactorias a sus presupuestos.

El proceso estructurado de definición de una PPS es relativamente moderno, lo que no presupone que anteriormente a su postulado por las teorías del management, no se hayan definido PPS solventes y mínimamente evaluables bajo esos parámetros.

Me gustaría ofrecer un par de ejemplos ex-post de determinación de una PPS al hilo de la actualidad.

Robert Peel y el modelo comunitario

Sir Robert Peel, ministro del Home Office en la Inglaterra victoriana, reestructuró el reaccionario sistema inglés de seguridad, de origen señorial y carácter paramilitar (los regimientos de la yeomanry), generado en la convulsa etapa de la revolución industrial inglesa (maquinización, creación de espacios de control total: fábricas, cárceles, wokhouses, hospitales clínicos; proletarización, revueltas y revoluciones), con la creación de un nuevo cuerpo policial: la London Metropolitan Police [4]

En su reforma, Peel tuvo muy en cuenta los sucesos de Manchester de 1819 (la masacre de Peterloo), en la cual una manifestación que reivindicaba reformas políticas fue duramente reprimida a golpes de sable (al menos 15 muertos y más de 500 heridos).

Peel también tuvo en cuenta la convulsa realidad social del gran Londres victoriano, socialmente fragmentado, con unos barrios populares cuyos niveles de inseguridad e insalubridad eran inaceptables y en los cuales la corrupción de las autoridades y de los agentes municipales era la única ley, y en los que no existía control alguno del estado [5], y, como no, ninguna prevención de la protesta popular.

Sus principios éticos y operativos se basaron en la prevención del crimen y la participación ciudadana en dicha prevención. Estos principios eran el fundamento de un sistema de seguridad que debía ser popularmente aceptado como propio y que aún hoy representa el modelo de seguridad a imitar en muchos países de nuestro entorno [6]

Sus medidas para la prevención basadas en la información, la anticipación y la colaboración ciudadana se alejaban de los principios de la prevención general propugnados por Bentham. Aquellas junto a la reforma del código penal que realizó, reduciendo el número de delitos con pena capital, cimentaron el modelo comunitario de policía.

De acuerdo con los postulados de Peel, podemos convenir que la aceptación de la policía por la comunidad es la piedra angular de la legitimación del estado y una cierta garantía de acierto en el establecimiento de una política pública de seguridad democrática. Por tanto, podríamos deducir que la legitimación de los cuerpos de seguridad y por extensión de las PPS de un estado no puede sostenerse contra la aceptación popular. Veamos el siguiente ejemplo:

Los hechos de Sant Jordi de 1985

En 1985, durante la Diada de Sant Jordi [7], la actuación desproporcionada de la policía estatal contra dos manifestaciones (una de mujeres en favor de la despenalización del aborto y otra en defensa de la lengua catalana) convocadas en las Ramblas de Barcelona, generó un gran rechazo popular que tuvo consecuencias políticas. En primer lugar, la denuncia de la oposición de izquierda provocó el pronunciamiento del Parlament de Catalunya [8] en contra de la actuación de la policía del estado y la promulgación de las normas que regulan el actual modelo policial de Catalunya; en segundo lugar, el gobernador Civil ante la presión política y la protesta ciudadana, destituyó a los mandos policiales de Barcelona, responsables de la desproporcionada actuación.

La gestión del conflicto social

Ambos ejemplos, propiciaron el fin de aquellos modelos alejados de la realidad social y generaron nuevas PPS. La (in)seguridad, posiblemente mejoró propocionalmente más en Londres, que en Catalunya, por que el desarrollo del modelo del Comunity Policing inglés intentaba alcanzar los límites de la inseguridad a través de la prevención que incluye la gestión del conflicto, y el modelo catalán territorializaba el modelo policial español, básicamente reactivo tanto en (in)seguridad como en orden público.

Podríamos poner más ejemplos en los cuales la gestión del orden público o, más acertadamente, su mala gestión han tenido consecuencias políticas, pero sería conveniente situarnos en la realidad cotidiana.

En los últimos dos años, asistimos atónitos, día si y día también, al espectáculo de actuaciones policiales ciertamente desproporcionadas sobre las manifestaciones y las concentraciones convocadas por todo tipo de organizaciones y/o grupos de personas.

Con niveles de conflicto social en aumento, la respuesta del estado, sea cual sea su nivel territorial, no puede seguir pareciéndose al de las fuerzas policiales de las primeras décadas de la transición, un tiempo en el que primaba el restablecimiento del orden al del ejercicio de las libertades públicas, con el recurso constante a un uso de una fuerza poco apropiada i/o desproporcionada, generalmente contra ciudadanos afectados por la crisis económica.

Ese binomio (orden versus libertad), genera una tensión no resuelta, posiblemente por falta de análisis y de voluntad política. Una racionalidad limitada que genera respuestas inadecuadas al conflicto social y que pone de manifiesto que cuando el sistema se siente amenazado le preocupa más el orden que la libertad. Mal asunto para la democracia.

[1] Utilizo la formula (in)seguridad, tal y como lo planteaba Jaume Curbet en sus últimas obras, por su coherencia conceptual pero también como reconocimiento personal.
[2] Jaume Curbet. Un mon insegur. La seguretat en la societat del risc. CCG Edicions, Girona 2011.
[3] Lindblom, Charles E.: El proceso de elaboración de políticas públicas. MAP, Madrid 1991
[4] Robert Peel desarrollo los principios éticos y de funcionamiento de un nuevo cuerpo policial que fuera capaz de actuar sobre la inseguridad de la ciudad de Londres.
[5] El magistrado Patrick Colquhoun, fué el fundador del cuerpo de Policia del Rio Tamesis. Escritor y polemista, reflejo el estado de la inseguridad de los barrios populares cercanos a los muelles del Támesis de Londres en el libro Treatise on the commerce and Police of the River Thames.
[6] http://www.nwpolice.org/inside-new-westminster-police-department/history/
[7] http://hemeroteca.lavanguardia.com/preview/1985/04/26/pagina-20/32852858/pdf.html?search=policia
[8] http://www.parlament.cat/activitat/bopc/02b063.pdf

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Autor / Autora
Vicens Valentin
Profesor colaborador en la asignatura Ciudad, inseguridad y conflicto del Máster Universitario de Ciudad y Urbanismo. Licenciado en Historia General y Geografía, y máster en Política criminal y servicios sociales. Miembro del Grupo Motor de RISE (Red Internacional para la Innovación en Seguridad).
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